Apuntes de lo manifestado por la Fiscalía sobre lo ocurrido en la frontera el 24 de junio

El pasado 23 de diciembre salió publicado el Decreto de la Fiscalía que procede al archivo de las diligencias de investigación al constatar que no existen elementos que determinen que los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado incurriesen en infracción penal alguna en lo acontecido en la frontera entre Melilla y Nador el 24 de junio de 2022. Sucedió un viernes. Y no un viernes cualquiera, sino el día del inicio de la operación salida, en la víspera de Nochebuena, en un fin de semana en el que se realizaron unos 18 millones de desplazamientos. «Entre los que van y los que reciben, siendo Nochebuena un sábado, es posible que estemos ante los días de menor consumo de prensa del año. Esto que así dicho puede parecer un hecho trivial y anecdótico, es algo esencial para aquellas personas que configuran la agenda pública: son días perfectos para esconder información que no desean que sea conocida«, explica Lucila Rodríguez-Alarcón en Público. No queremos que esta decisión de Fiscalía caiga en el olvido; por ello, con cierta premura, vamos a proceder a compartir una serie de notas sobre dicho Decreto.

En todo el escrito, la Fiscalía reitera una serie de ideas que no solo sirven de fundamentación para concluir que no se ha producido delito alguno, sino también son necesarias para la construcción de su propio relato. La Fiscalía entiende que cerrar la vía judicial no es suficiente, sino que también hay que articular un discurso, parejo al sostenido desde el Ministerio de Interior, para contrarrestar públicamente cualquier resquicio de crítica a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a la política migratoria y fronteriza de España y de la UE.

1.- La primera idea reiterada es que las personas que intentaron cruzar a suelo español tuvieron una actitud violenta y agresiva. “Violentando la frontera”, “entrada masiva y violenta”, “ataque masivo a una frontera española”, “grupo incontrolado, agresivo y armado con elementos contundentes”, “actuación extremadamente violenta contra los agentes españoles”, “gran virulencia de la acción protagonizada por los migrantes” o “manteniendo una actitud agresiva y hostil hacia las fuerzas de orden público”. Estas son algunas de las descripciones utilizadas por la Fiscalía a lo largo de todo el Decreto, incluso en aquellos puntos en los que no se está evaluando concretamente este hecho se siguen utilizando este tipo de descripciones que construyen una imagen específica. En un punto, la Fiscalía asegura que “los propios migrantes que prestaron declaración en estas diligencias reconocen el uso de la fuerza para lograr su objetivo de entrar en España”, utilizando para ello dos testimonios. Pero en contra de lo que nos quiere hacer creer la Fiscalía, uno de ellos afirma que “su objetivo era llegar, no pegar ni matar a nadie”, y el otro que utilizaba las piedras como elemento de disuasión, no de agresión. Este discurso es el mismo sostenido por el ministro Marlaska en cada declaración pública, un relato realmente perverso que pretende trasladar el mensaje de que solo aquellos que dispongan de una actitud irreprochable son merecedores de derechos humanos fundamentales.

Por otro lado, aunque la Fiscalía reconoce el lanzamiento de piedras por parte de agentes españoles a personas que se encontraban encaramadas a la valla, con el peligro que ello conlleva por el riesgo de caída desde cierta altura, el Ministerio Público mantiene que la actuación fue proporcionada, “no existiendo elementos que permitan deducir que hubiera la intención de lesionar por parte de los agentes”. En este supuesto concreto, no ve indicio de delito alguno, como mucho una sanción disciplinaria, dejándonos claro que la misma piedra, en función de la mano que la sostenga, adquiere diferente consideración.

2.- La Fiscalía no pone en cuestión que el pequeño recinto de acceso al patio general del puesto fronterizo sea territorio español, por lo que afirma que el amontonamiento de las personas se produjo a ambos lados de la frontera. Pero resuelve que “los hechos que determinaron la avalancha sucedieron en territorio marroquí” y que “la actuación de los agentes españoles se desarrolló íntegramente en territorio español”, para justificar que los hechos no se sitúan dentro de los límites de la jurisdicción española. La Fiscalía utiliza el material videográfico disponible en función de sus intereses. Si bien recurre a las grabaciones del helicóptero y del dron, no hace mención alguna a las decenas de vídeos publicados en redes sociales y medios de comunicación, o de los dos completos reportajes realizados por la BBC y Lighthouse Reports. De hecho, es curioso cómo el único vídeo de redes sociales referenciado es sobre un hecho que tiene lugar en el lado marroquí de la frontera, el resto no es que sean contrapuestos argumentalmente, es que directamente no existen. Por ello, hechos de una gravedad absoluta, ampliamente documentados por diferentes medios de comunicación, como el que hubiera cuerpos completamente inertes en suelo español que fueron arrastrados al lado marroquí o que agentes marroquíes golpearan a personas en el recinto fronterizo español (en el reportaje elaborado por El País, un superviviente describe cómo los agentes marroquíes asesinan a golpes a un compañero suyo en el lado español de la frontera), no pueden no ser mencionados en una investigación sobre los hechos. Es realmente grave cerrar una investigación obviando aquello que resulta más incómodo para las autoridades españolas ocurrido en territorio español, y, por tanto, correspondiente a la jurisdicción española.

Por otro lado, la Guardia Civil indica en un informe que utilizaron más de 100 artefactos, entre botes de humo y gases lacrimógenos, así como unos 50 sprays de pimienta y antidisturbios, en toda su actuación. Los vídeos nos indican que dicho material fue usado principalmente cuando las personas se encontraban en el interior del patio del puesto fronterizo. Por ello, cabría preguntarse hasta qué punto el cúmulo de gases químicos influyó, por un lado, en la situación general de pánico que desembocó en la avalancha en la puerta, y, por el otro, en la salud de las personas, pues, por mucho que la Fiscalía remarque el hecho de que se tratara de un espacio abierto, cualquiera que haya sufrido un spray de pimienta o un bote de humo cerca, se puede imaginar que el volumen de material utilizado, al que hay que sumar el lanzado por los agentes marroquíes, en un espacio del que no era posible salir, tiene considerables efectos en la respiración y en la visión, pudiendo generar daños graves en la salud si, además, se produce una situación de aplastamiento.

3.- Otra idea repetida a lo largo del escrito que sirve como fundamento jurídico para que la Fiscalía no contemple una serie de delitos, es que “los agentes que formaban parte del operativo en tierra no eran conscientes, ni podían serlo, del riesgo que se estaba generando en el interior del patio”, pues, según la Fiscalía, los agentes situados en tierra no podían ver lo que estaba ocurriendo en el puesto fronterizo porque abandonaron el recinto interior y, desde el exterior, la propia estructura de las vallas y puertas limita la visibilidad, y desde el helicóptero o desde el puesto que recibía las imágenes del dron no comunicaron lo que estaba teniendo lugar al resto del dispositivo. Esto se debe, en base a lo que dice el Decreto, a que la avalancha y lo ocurrido después (el amontonamiento a ambos lados de la puerta, la actuación de los agentes marroquíes en suelo español, el traslado de los cuerpos al lado marroquí, etc.) no fue visualizado ni grabado por ninguno de los dos aparatos, pues consideraron que el interés se encontraba en otro punto de la frontera. El Decreto dice exactamente que los del helicóptero “no pensaron que existiera riesgo para la integridad de los que allí se hallaban” y fijaron su atención sobre otra zona. Pero, nos gustaría preguntar si la decisión de no grabar la puerta del puesto fronterizo justo en este momento fue fruto de una orden o que casualmente los pilotos de los dos aparatos coincidieron en considerar que el interés estaba en otro espacio y por ello tomaron la misma decisión.

Gendarmes marroquíes actuando en suelo español

También habría que preguntarse cómo los agentes lanzaron esa cantidad de botes de humo y gases lacrimógenos al interior del patio si no tenían conocimiento de lo que estaba ocurriendo en su interior. Como esta, hay un montón de preguntas que surgen al leer el relato de los hechos pero que, por algún motivo, la Fiscalía no se plantea.

Por otro lado, como respuesta al hecho de que la Guardia Civil no abriera la puerta, la Fiscalía sentencia que, aunque los agentes hubieran conocido lo que estaba ocurriendo en el interior del patio, tampoco hubieran podido actuar para evitar el embotellamiento. Nos sorprende la firmeza de dicha afirmación, como si las muertes estuvieran predestinadas a ocurrir, pero estamos convencidas de que si el patio no se hubiera llenado de gases químicos y de que si las dos puertas se hubieran abierto sin una legión de agentes con la porra en la mano y las escopetas lanzapelotas preparadas, el resultado hubiera sido distinto.

5.- En relación a las 470 expulsiones, la Fiscalía se ampara en la doctrina del TEDH que avala las conocidas como devoluciones en caliente, eso sí, siempre que existan vías accesibles para la solicitud de visados y protección internacional en la propia frontera o en consulados y embajadas, un medio que la propia Fiscalía reconoce estar prácticamente limitado en su totalidad. Por lo que, de facto, la entrada administrativamente irregular sigue siendo la única alternativa de la que disponen las personas que necesitan refugio para poder presentar su solicitud en Europa, por esta razón, dichas expulsiones al margen del procedimiento establecido en la ley de extranjería no deberían encontrar amparo por los Tribunales.

Otros dos requisitos, para que dichas expulsiones puedan considerarse dentro del marco normativo, son la evaluación de las circunstancias personales y disponer de garantías de que la persona no es devuelta a un entorno peligroso. En relación al primero, la Fiscalía indica que el teniente coronel al mando del operativo afirma que realizó los rechazos en frontera de forma individual, comprobando el número, circunstancia y estado de cada una de las personas expulsadas, según su declaración, él mismo constató cada caso. Teniendo en cuenta que se produjeron un total de 470 devoluciones en caliente, que los rechazos dieron comienzo a partir de las 9:30, y que, en un momento, el teniente coronel marcha al hospital donde estaban recibiendo asistencia sanitaria los agentes españoles heridos, regresando de nuevo a la zona a las 13:30, como mucho supervisaría durante 3 horas los rechazos en frontera, es decir, cada 2 minutos realizaría la valoración de 5 personas. Por ello, nos genera ciertas dudas la profundidad de dicha evaluación. De hecho, se asegura que ningún menor fue devuelto, mientras que el reportaje de Lighthouse Reports, hecho público por El País, concluye que, al menos, hubo un menor. Por otro lado, en las 134 personas que accedieron a la ciudad y fueron internadas en el CETI, había también un menor, por lo que no sería descabellado pensar que también hubiera habido alguno entre las 470 personas expulsadas.

Sobre el segundo requisito, la Fiscalía vuelve a incidir en el hecho de que los agentes desconocían lo ocurrido en el interior del puesto fronterizo, es decir, no tenían constancia de que se había generado una situación de peligro. De nuevo, siendo generosas con lo indicado por la Fiscalía, y, por ello, aceptando la nula visibilidad de los agentes en el lado español, nos cuesta creer que, estando a escasos metros, no escucharan los gritos de lamento y dolor, y las peticiones de ayuda que sí pueden escucharse en los vídeos subidos a redes sociales. Es difícil creer que alguien podría pensar que todo estaba transcurriendo con normalidad al otro lado de una valla situada a escasos metros.

La tragedia que aconteció es la más mortífera jamás ocurrida en la frontera terrestre entre los dos países, entre muertos y desaparecidos la cifra asciende a más de 100 personas. De hecho, es realmente grave que ni conozcamos el número exacto de personas fallecidas. Sobre los hechos, es indudable que no todo, pero sí parte de lo ocurrido tuvo lugar en suelo español. Pero, aunque no hubiera sido así, no podemos abstraernos de lo que acontece en nuestra frontera, más aún cuando es propiciado por la política migratoria española y europea. Por ello, no podemos permitir que no se haga justicia, no podemos permitir que sus nombres caigan en el olvido, pero, sobre todo, no podemos permitir que se vuelva a repetir.

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