¿Y si te pillaran copiando como al Rector de la URJC?

Desde noviembre del año pasado se conoce la historia de Fernando Suárez Bilbao, Rector de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. Una persona que ha basado parte de su carrera académica en plagios comprobados en varios trabajos, por ahora trece trabajos de alrededor de veinte personas distintas. El caso es tremendamente sangrante, el mayor mandatario y representante de una universidad pública es un plagiador, un copión. Es un hecho que, probablemente, todo el mundo haya copiado alguna vez en sus estudios, pero copiar de forma puntual difiere bastante del plagio académico. El trabajo académico es una cuestión muy sacrificada, años de investigación que se traducen en un escrito único, donde las menciones a otros/as autores/as deben ser debidamente referenciadas, existiendo para ello diversos convenios en cuanto a la forma. Estamos hablando de una persona que ha labrado su carrera académica, profesional y, también, política en base al plagio y que encima se niega a admitirlo escudándose en errores humanos: «Es posible que se hayan podido producir disfunciones, porque soy humano«. Una persona que en su despedida, forzada mediáticamente, nunca políticamente, muestra su arrogancia y orgullo sin llevar a cabo ningún tipo de disculpa.

Cabe recordar que para llegar al cargo que ostenta, Rector la máxima autoridad universitaria, solo se es capaz de llegar una vez eres Catedrático y para serlo debes ser Doctor en tu materia y superar una serie de tribunales presentando una serie de trabajos. Unos trabajos que se han demostrado llenos de plagios muy burdos. Además de su arrogancia, estos hechos han vuelto a mostrar el clientelismo existente en las universidades, el Consejo de Gobierno respaldó políticamente al Rector. Hay que recordar que la estructura de gobierno de las universidades es de forma estamental y no existe una elección directa de los representantes en el Consejo de Gobierno, por parte de la comunidad universitaria si no que es el Rector quien elige parte de este Consejo. Por lo que podemos afirmar que esta persona que ha labrado su carrera en torno al plagio no va a recibir ningún tipo de reprimenda o castigo más allá del mediático. No va a ser degradado, no le van a quitar ninguno de los títulos obtenidos mediante el plagio ni va a ser apartado de ninguna institución de forma obligada.

Pero este artículo no tiene como propósito describir al detalle los plagios de este señor, si no que queremos mostrar qué nos podría pasar a cualquier estudiante si se demuestra que hemos copiado o plagiado y se nos aplicase la ley con toda su contundencia. Y aquí es donde entra el Reglamento de Disciplina Académica (RDA), un reglamento donde se describen los distintos tipos de faltas y sus consecuencias.

Disciplina fascista en las universidades

Este reglamento data de 1954. Es decir, es un reglamento escrito bajo un régimen fascista donde por un lado las garantías jurídicas del acusado están gravemente mermadas en comparación con las diversas legislaciones del actual régimen, y por otro lado las consecuencias y lo que se tipifica como falta está igualmente derivado de una lógica tremendamente autoritaria.

Dentro de este reglamento existen 3 categorías de faltas: graves, medias y leves. Dentro de las medias podemos encontrar cosas como:

  • Las palabras o hechos indecorosos o cualesquiera actos que perturben notablemente el orden que debe existir en los establecimientos de enseñanza, dentro o fuera de las aulas.

  • La resistencia, en todas sus formas, a las órdenes o acuerdos superiores.

  • Las faltas de asistencia a clase y los demás hechos comprendidos en los números anteriores, cuando tengan carácter colectivo.

Es decir, las huelgas constituyen una falta de grado medio.

De entre las graves encontramos, entre otras:

  • La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación de documentos.

  • La falta de probidad y las constitutivas de delito.

Podemos encuadrar el copiar o el plagio dentro de estas dos. Por lo que el plagio sería una falta grave. Pues bien, veamos qué puede suponer una falta grave:

  • Inhabilitación temporal o perpetua de los Centros docentes.

  • Prohibición de examinarse de la totalidad o parte de las asignaturas en que se encuentre matriculado, en todas las convocatorias del año académico, con la consiguiente pérdida de los derechos de matrícula.

  • Prohibición de exámenes ordinarios en una o más asignaturas.

  • Pérdida parcial o total, definitiva o temporal, de becas, plazas en Colegios Mayores u otros beneficios de protección escolar. Esta sanción podrá también interponerse con el carácter de accesorio de las establecidas en este apartado y en el anterior.

Es decir, de aplicarse todo el peso de la actual ley, un/a estudiante podría ser perfectamente apartado de su carrera académica por la propia universidad.

Una vez más vemos cómo vivimos en un país donde el pasado fascista sigue teniendo un reflejo en el presente en su forma cultural y represiva y donde también quienes ostentan el poder se protegen a si mismos y sus faltas gozan de gran impunidad.

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